Puede ser miembro de la asociación cualquier persona jurídica, pública o privada, vinculada al objeto y fines de la asociación, incluyendo a las asociaciones gestoras de incubadoras de empresas y de parques tecnológicos.
Deberán acreditar a un representante titular y a un suplente a fin de que sirva de nexo entre la asociación y el asociado así como para que participe, de ser el caso, en los órganos sociales de la asociación.
Tipos de Asociados Asociados plenos: Requisitos:
Poseer personería jurídica.
Contar con un espacio físico dedicado a los procesos de incubación de empresas y a su promoción.
Disponer de personal dedicado a actividades relacionadas a la misión o a los fines de la asociación.
Tener proyectos innovadores, de base tecnológica o que hagan uso del conocimiento.
Haber sido admitido o designado como asociado pleno el Consejo Directivo.
Excepcionalmente, y siempre que existan motivos que lo justifiquen, la Asamblea General de Asociados podrá excusar a la institución postulante del cumplimiento de algunos de los requisitos establecidos anteriormente. Los asociados plenos podrán.
Participar con voz y voto en las Asambleas Generales de Asociados* Elegir y ser elegidos para desempeñar cargos directivos.
Recibir orientación y apoyo de la asociación en los proyectos que estén dirigidos al mejor cumplimiento de la misión y fines de la asociación.
Asociados Afiliados: Requisitos:
Poseer personería jurídica.
Haber sido admitido o designado como tal por el Consejo Directivo. Los asociados afiliados podrán.
Recibir orientación y apoyo de la asociación en los proyectos que estén dirigidos al mejor cumplimiento de la misión y fines de la asociación.
Asistir a las Asambleas Generales de Asociados, pero no podrán participar con voz ni voto.
¿Cómo asociarse a PERUINCUBA?
Puede solicitar su ingreso a nuestra Asociación enviando una carta formal dirigida al Consejo Directivo, con los datos correspondientes.
La carta deberá ser firmada por el representante legal de la institución postulante y enviada al telefax: 064-221929.
Se debe acreditar a un coordinador a efectos de realizar las gestiones correspondientes a su solicitud.
Una vez recibida la solicitud de incorporación, el Presidente de la Asociación entregará personalmente, por correo electrónico u otro medio análogo, el Estatuto y el Reglamento de la Asociación. Asimismo, comunicará a la institución a través de su coordinador, los respectivos procedimientos así como el valor de las cuotas, a efectos que determine el tipo de asociado al cual desea postular.
Para enviarle a su correo la carta modelo por favor ingrese los datos correspondiente AQUÍ